El alcalde de Totana, Juan José Cánovas, junto con la concejala de Desarrollo Económico, Inmaculada Blázquez, y las técnicos y agente de Desarrollo Local y Empleo de la misma concejalía, han mantenido recientemente una reunión con representantes de la entidad Inserta Empleo, perteneciente a la Fundación ONCE, con el objetivo de mantener coordinación en materia de gestión de ofertas de empleo y para la puesta en marcha de acciones de formación en la localidad, dirigidas a personas discapacitadas. Inserta es la entidad de Fundación ONCE especializada en la prestación de servicios de intermediación laboral, captación y desarrollo de talento con discapacidad y gestión del empleo, con el objetivo de lograr la inserción laboral de las personas con discapacidad. Además, nació en 2009 con el firme compromiso de incluir a las personas con discapacidad en el entorno laboral.
La formación y empleo de calidad con expectativas a largo plazo, y el apoyo a la autonomía personal son las máximas de esta nueva entidad sin ánimo de lucro que prosigue con la filosofía de la Fundación ONCE basada en el apoyo a un colectivo en riesgo de exclusión social al que ha conseguido abrir las puertas de un futuro prometedor. Inserta continúa así con el trabajo de intermediación laboral desarrollado por la antigua Fundosa Social Consulting, creada en 1990, y en la que más de 3.500 empresas han depositado su confianza por su gestión en materia de inclusión laboral.
Nuestra entidad ejecuta parte del Programa Operativo de Inclusión Social y de la Economía Social (POISES) y el Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ), cofinanciados por el Fondo Social Europeo, del que la Fundación ONCE es uno de los organismos intermedios. Ambos programas buscan la inserción sociolaboral del sector de la discapacidad y la igualdad de oportunidades.
Para más información acerca de este proyecto de colaboración, así como del resto de materias referidas a empleo, formación y autoempleo, pueden dirigirse al Centro de Desarrollo Local, pidiendo cita previa en el 968425003.