[Abiertas las ayudas a la inversión en explotaciones agrarias, cuyo plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 20 de octubre

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La Concejalía de Fomento, Empleo y Desarrollo Económico informa de la apertura de la convocatoria de ayudas destinadas a la inversión en explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, anualidad 2021, a través de la Orden de 24 de agosto de 2021, de la consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la CARM (BORM de 8 de septiembre de 2021). Se establece una inversión máxima admisible objeto de ayuda de 60.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 20 de octubre de 2021, informan desde el Ayuntamiento en una nota de prensa. Según la Orden de 8 de febrero de 2019 (BORM de 13 de febrero de 2019), de esta misma consejería, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la inversión en explotaciones agrarias, en el marco del PDR de la Región de Murcia 2014-2020, y la Orden de 21 de junio de 2021 (BORM de 24 de junio de 2021) por la que se modifica la Orden de 8 de febrero, las inversiones previstas en estas bases reguladoras persiguen el cumplimiento de los siguientes objetivos: incrementar la competitividad de las explotaciones agrarias, a través de la mejora de los rendimientos y la reducción de los costes de producción; mejorar las condiciones de vida y trabajo de agricultores y ganaderos en el medio rural; y mejorar las estructuras productivas de las explotaciones. En definitiva, lograr la sostenibilidad ambiental de las explotaciones, la permanencia de la actividad agraria, generando o manteniendo puestos de trabajo, y por tanto, mantener la población en el medio rural y preservar el medio ambiente. Se dará prioridad a las inversiones que disminuyan el consumo y las emisiones contaminantes, tales como la adquisición de nueva maquinaria de alta eficiencia energética, a la electrificación rural, a partir de fuentes de energía renovables, mediante instalaciones solares fotovoltaicas o eólicas y a potenciar las inversiones encaminadas a la reducción de pérdidas de agua por evaporación mediante la instalación de cubiertas que minimicen la evaporación en los embalses. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y consistirán en una subvención de capital, que se abonará previa ejecución y justificación por parte del beneficiario de las inversiones aprobadas, así como del cumplimiento del resto de requisitos previstos en la orden reguladora.

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