[La Policía Local se adhiere a la campaña de vigilancia específica de consumo de alcohol y drogas, promovida por la DGT del 16 al 22 de junio

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La Policía Local de Totana se va adherir a la campaña de vigilancia específica de consumo de alcohol y drogas, promovida por la Dirección General de Tráfico (DGT), que tendrá lugar del 16 al 22 de junio, ambos incluidos; y en la que se realizarán controles con el fin de activar estas acciones preventivas con el objetivo de detectar y quitar de la circulación a aquellos conductores que manejan un vehículo bajo la influencia de estas sustancias. Y es que, a pesar de la excepcionalidad sanitaria que se han vivido en los pasados meses, con las consecuentes restricciones de movilidad y reunión, se ha detectado un incremento del porcentaje de personas que han dado positivo en los controles de drogas. Según los datos facilitados por la DGT, en los últimos meses se ha pasado de un 35% de positivos en controles preventivos en 2019 a un 50% en 2020, y en el caso de pruebas realizadas tras producirse un accidente ese dato ha aumentado del 19% al 23%. No hay que olvidar que conducir habiendo ingerido alcohol o sustancias psicotrópicas incrementa el riesgo de sufrir un percance de gravedad.

Las estadísticas de siniestralidad indican que el alcohol fue la segunda causa de los accidentes mortales que se produjeron el año pasado (24%), solo por detrás de las distracciones.

En total, más de uno de cada tres conductores fallecidos había consumido alcohol u otras drogas. La campaña, incluida en el calendario de actuaciones que realiza TISPOL (Organización Internacional de Policías de Tráfico), supone la realización de controles disuasorios en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día.  Por la seguridad de uno mismo y la del resto de usuarios de la vía, es importante manejar vehículos en plenas condiciones.

En este sentido, cabe remarcar que la ingesta de alcohol es incompatible con la conducción segura.

A continuación, detallamos los efectos que provoca dependiendo del grado de alcoholemia en sangre.  La Ley de Seguridad Vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores, así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

Para los conductores en general, a partir de 0,25 mg/l de alcohol en aire aspirado es dar positivo; esta cifra se reduce a 0,15 mg/l para los noveles y profesionales.

Hasta 0,50 mg/l (0,30 mg/l), la multa alcanza los 500 euros y 4 puntos.

Superar los 0,50 mg/l supone 1000 euros y seis puntos (lo mismo para positivos en drogas). Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol (más de 0,60 mg/l) o bajo la influencia de drogas: prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Negarse a hacer la prueba de control supone prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

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